From 1742cc25c86d7d5426f1a14fbcf7c1756711dcbb Mon Sep 17 00:00:00 2001 From: abe- Date: Sun, 18 Jun 2017 06:41:30 +0200 Subject: [PATCH] =?UTF-8?q?nueva=20intrudcci=C3=B3n?= MIME-Version: 1.0 Content-Type: text/plain; charset=UTF-8 Content-Transfer-Encoding: 8bit --- docs/_sass/libs/_changes.scss | 2 ++ docs/colono.md | 15 +++++++-------- 2 files changed, 9 insertions(+), 8 deletions(-) diff --git a/docs/_sass/libs/_changes.scss b/docs/_sass/libs/_changes.scss index 4325cf3..28708e3 100644 --- a/docs/_sass/libs/_changes.scss +++ b/docs/_sass/libs/_changes.scss @@ -89,6 +89,8 @@ a { blockquote { border-left: solid 0px _palette(border); font-style: normal; + font-size: 1.2em; + line-height: 2.1em; margin: 0 0 _size(element-margin) 0; padding: 2em; background-color:#ddd; diff --git a/docs/colono.md b/docs/colono.md index 1f87ba5..f62cf3d 100644 --- a/docs/colono.md +++ b/docs/colono.md @@ -4,8 +4,8 @@ title: El colono --- **El buen colono.** La selección del colono es uno de los aspectos centrales del proceso de colonización, éste conlleva el establecimiento de unos critrerios de selección básicos que aparecerán enumerados en la Ley de 1949 sobre *colonización y distribución de la propiedad de las zonas regables* y que dependiendo de los emplazamientos introducirían matices. Así por ejemplo para el Plan Badajoz las prioridades de acceso al programa que se establecieron formalmente fueron: -> -
    + +>
    1. Arrendatarios o aparceros de tierras afectadas por la transformación en regadío, siempre que no sean propietarios de otras tierras con superficie suficiente para el mantenimiento de una familia.
    2. Colonos o braceros de las comarcas o términos municipales de la provincia de Badajoz en que del estudio económico social efectuado por el INC se deduzca la necesidad de traslado de parte de la población rural a las zonas regables.
    3. Propietarios arrendadores de la zona que no tengan derecho a reserva y lo soliciten de acuerdo con los artículos noveno y doce de la ley de 1949.
    4. @@ -14,17 +14,17 @@ title: El colono Los requisitos indispensables vinculados directamente con la situación personal del candidato se repetían, y aunque con algunas variaciones, mantenían unos criterios muy similares: -
        +>
        1. Ser mayor de 23 años, licenciado del ejército o exento del servicio militar.
        2. Acreditar una préctica agrícola reciente de 2 años al menos.
        3. Acreditar unas dotes de moralidad y conducta aceptables
        Además se priorizarían los que a su vez los que:
          -
        1. Poseyeran conocimientos de regadío.
        2. -
        3. Estuvieran casados o fueran viudos con hijos.
        4. -
        5. Tuvieran el mayor número de hijos.
        6. -
        7. Supieran leer y escribir. Los analfabetos que resulten admitidos están obligados a aprender a leer y escribir en un plazo de tres años pudiendo ser expulsado por la Dirección General de Colonización si no cumpliera con el compromiso.
        8. +
        9. Poseyeran conocimientos de regadío.
        10. +
        11. Estuvieran casados o fueran viudos con hijos.
        12. +
        13. Tuvieran el mayor número de hijos.
        14. +
        15. Supieran leer y escribir. Los analfabetos que resulten admitidos están obligados a aprender a leer y escribir en un plazo de tres años pudiendo ser expulsado por la Dirección General de Colonización si no cumpliera con el compromiso.
        16. Tuvieran menos de cincuenta años.
        Las condiciones serán modificadas a partir de 1958, o al menos así sucede para la Delegación de Talavera de la Reina, donde serán las [unidades familiares del trabajo](https://medialab-prado.github.io/poblados-colonizacion-colonias-penitenciarias/mujeres.html) las que definan con más precisión el acceso. @@ -37,4 +37,3 @@ No podemos dejar de señalar el rol que la iglesia católica tiene tanto en el p **CONTINUAR. Presentar a Nuestros entrevistados** SIN CERTEZAS. Y esta segunda generación será la que herede bienes que durante mucho tiempo no fueron certezas. Se ha pagado muy poco. Cuando se murió tu padre (en referencia a la hija de un colono) no tenías la propiedad todavía, no se había hecho la escritura todavía. (Mariano y Milagros, hijos de colonos). -